martes, 26 de mayo de 2015
DIARIO DE UN PERRO
Quiero publicar este video porque creo que plasma todo lo que debe sentir un perro a lo largo de su vida, como lo alejan de su madre, como se siente ser nuevo en la familia, como se siente ser amado por sus dueños, ser odiado y ser abandonado. Es un video muy conmovedor y recomiendo que tengan en cuenta que si eres muy sensible puede que este video sea muy fuerte para ti.
Espero que lo vean
lunes, 25 de mayo de 2015
Respondiendo
Gabriela Rodriguez?No, no estoy de acuerdo con el coleo ni con el toreo ya que es un deporte que maltrata a animales jalándoles las colas y pinchandolos con espadas.No creo que sea algo cultural sino más bien algo brutal.
Valentina Ortiz:Lo patrocina roccos club y saba estudio. Gracias, he trabajado mucho en el.
Camila Gómez:Lamentablemente no puedo aportar mucho, pero podemos apoyar a los miles de activistas que intentan crear leyes en contra de esto.
Cartagena
Esta entrada es casi como para reportar noticias, el pasado 12 de mayo una crueldad ocurrió; en las calles de la capital de Bolívar. Un carro gue quemado vivo por los hombres y la mujer que grabó el momento y luego publicó ese video en su cuenta de facebook. Ya los animalistas de Cartagena piden cárcel para los hombres que mataron injustamente al gato.
Muchos animales como los perros, burros y los caballos son agredidos de igual manera en esta ciudad y son publicados videos e imágenes en las redes sociales.
Esto fue lo que dijo Juliana Ponce, una animalista cartagenera
“Hacemos un llamado a las autoridades y a la justicia colombiana para que se tomen medidas como la cárcel contra los maltratadores y asesinos de animales. En un país que busca la paz, la vida de los animales también tienen que ser respetada”
Esta noticia la publicó aquí para tomar consciencia de lo mal que esta Colombia en cuánto al maltrato animal, estoy ahí que pararlo y para eso necesitamos que todos contribuyan.
viernes, 22 de mayo de 2015
ZUMBATHON
Este es un proyecto de ComeDog Bogotá que busca beneficiar a los perros y los gatos sin hogar, instalando comederos públicos o ComeDog's. El programa trabaja campañas de educación, esterilización-castración y adopciones.
Los precursores del Proyecto ComeDog son Juan Manuel Montoya y Jimena Hoyos. 2Pets Deluxe se une a la iniciativa y lidera el proyecto en Bogotá.
El Zumbathon es realizado por Saba Estudio, se buscan recaudar fondos para financiar el proyecto, esto le serviría a los 500.000 perros y 100.000 gatos que están sin hogar en este momento. Es un maratón realizado en el Parque de los novios ubicado en Calle 63 # 45-10, y se realizará el próximo domingo 31 de mayo, la inscripción a este maratón tiene costo de $25.000 como unja donación, apreciaría a las personas que les sea posible; ir.
Acontinuación, les adjunto la publicidad:
miércoles, 22 de abril de 2015
El coleo
Primero voy a explicar que es el coleo porque muchas personas no conocen de está tradición colombiana:
El Coleo es un deporte que tiene un origen emparentado con la introducción de la ganadería en los territorios de la actual Colombia y Venezuela, desde mediados del siglo XVI.
En las competencias participan los siguientes:
El Coleador: principal protagonista de esta actividad. Sobre su caballo busca derribar al toro en plena carrera, agarrándolo por la cola. Su actuación lo convierte en el centro de atención de la fiesta.
El Caballo: realiza el 80% del esfuerzo empleado para derribar al toro; es fundamental para efectuar la coleada. Los hay de diversas razas: Cuarto de Milla, Morgan, Anglo árabe, criollo y otras, todos se distinguen por su docilidad, fuerza y nobleza.
El Toro: completa la trilogía necesaria para realizar la coleada. De su característica depende en una buena parte el éxito del espectáculo.
Los Jueces: la competencia es vigilada por tres jueces : el Juez Central, el Juez de Coso, el Juez de tapón, y los Jueces de Manga (Anotadores y Cronometristas). Para competir se organizan turnos de cuatro coleadores, En Cuanto en Colombia se requiere de dos coleadores , los cuales tienen dos oportunidades de colear en la jornada del día.
El los toros coleados el juez central se ubica en la tribuna principal, vigila todo lo que sucede en la manga, impone el orden, hace cumplir el reglamento y además, mediante un altavoz, narra la competencia en el momento en que se está desarrollando. Las frases de giros y el léxico empleados en la descripción que hace el juez-narrador son propios de esta actividad; el ritmo de la acción y el estilo son propios de cada juez.
Momentos antes de empezar las acciones el juez hace un llamado de advertencia a los competidores para que se preparen. Al dar la orden ingresan a la manga los cuatro coleadores del turno correspondiente en la forma en que el juez los llame, luego autoriza al juez de coso para que deje salir al toro. Al grito de cacho en la manga indica que el toro está en la pista se inicia la competencia. Los coleadores se lanzan en persecución del animal; cuando uno de ellos toma el rabo del toro, el resto de los participantes deben retirarse tres metros para esperar que el coleador ejecute la coleada , cada turno dura 4 minutos en los cuales los coleadores deben tratar de tumbar al toro la mayor cantidad de veces posibles.
Ahí diferentes tipos de coleadas, estás son:
Apartao: Se coloca dos manos en la cola del toro y se desplaza hacia abajo de la silla, puede ser con o sin estribo
Una Sola Mano: Se corre el caballo y se aguanta con una sola mano.
Debajo de La Pierna: Se pone la cola por debajo de la pierna del coleador esto lo hacen los coleadores mexicanos.
¿QUE PASA CON EL COLEO?
Aquí en Colombia es considerado como deporte insignia del Llano, motivo de orgullo e identidad regional.
NO A LA VIOLENCIA
LIBERACIÓN ANIMAL
¡YA BASTA DE TORTURAS!
ELLOS SIENTEN Y SUFREN IGUAL QUE NOSOTROS
Yo opino que no podemos permitir que una tradición colombiana sea coger de la cola a una novilla y hacerla rodar. Esto no debería ser legal!!
Tracción Animal Prohibida en Bogotá
El alcalde de Bogotá Gustavo Petro acabo en septiembre del 2014 con la tracción animal y la prohibio pero para lograr esto sin dejar a familias sin trabajo el 13 de enero del 2014 aprozimadamente 350 carreteros o como se conocen en Colombia "zorreros" se reunieron en la Plaza de Artesanos para ver por primera vez cuál será el vehículo motorizado con el que reemplazarán su caballo y su carroza. También consultaron la posibilidad de crear empresa.
La Alcaldía acordó con los carreteros que cada uno de ellos tiene derecho a recibir el equivalente a máximo 36 salarios mínimos mensuales (21'222.000 pesos), para hacer esta transición.
Se esperaban que en total, serían entregados 2.890 caballos así: en febrero el Distrito recibiría 160 equinos; en mayo, 340 más; entre abril y mayo, otros 900 equinos; entre junio y julio, 900 más, y entre agosto y septiembre los carreteros cederían los últimos 550.
Los recicladores le entregarían los caballos a la universidad de Ciencias Ambientales y Aplicadas (Udca), donde tendrán una revisión veterinaria antes de ser entregados a los más de 3.100 candidatos a adoptantes inscritos en la Secretaría de Movilidad.
PROYECTO DE LEY Nº 087 DE 2014
PROYECTO DE LEY Nº 087 DE 2014
“POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA LEY 84 de 1989 SE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL EL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
Artículo 1. Objeto.
Los animales como seres sintientes recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos, por lo cual en la presente ley se tipifican como punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a los animales, y se establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial.
Artículo 2. Principios.
a. Proteccion al animal. El trato a los animales se basa en el respeto, la solidaridad, la compasión, la ética, la justicia, el cuidado, la prevención del sufrimiento, la erradicación del cautiverio y el abandono, así como de cualquier forma de abuso, maltrato, violencia, y trato cruel.
b. Bienestar animal. En el cuidado de los animales, el responsable o tenedor de ellos asegurará como mínimo:
a) Que no sufran hambre ni sed.
b) Que no sufran injustificadamente malestar físico ni dolor.
c) Que no les sean provocadas enfermedades por negligencia o descuido.
d) Que no sean sometidos a condiciones de miedo ni estrés.
e) Que puedan manifestar su comportamiento natural.
c. Solidaridad social. El Estado, la sociedad y sus miembros tienen la obligación de asistir y proteger a los animales con acciones diligentes ante situaciones que pongan en peligro su vida, su salud o su integridad física. Así mismo tienen la responsabilidad de tomar parte activa en la prevención y eliminación del maltrato, crueldad y violencia contra los animales, siendo su deber el de abstenerse de cualquier acto injustificado de violencia o maltrato contra estos y denunciar aquellos infractores de las conductas señaladas de los que se tenga conocimiento.
Artículo 3°. El artículo 10 de la Ley 84 de 1989 quedará así:
Artículo 10. Los actos dañinos y de crueldad contra los animales descritos en la presente Ley, serán sancionados con multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos legales mensuales vigentes
Parágrafo 1. El que por cualquier medio o procedimiento maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física, estarán sujetos a las sanciones previstas en el TÍTULO XI-A del Código Penal.
Artículo 4°. Adiciónese al Código Penal el siguiente título:
TITULO XI-A “DE LOS DELITOS CONTRA LOS ANIMALES”
CAPITULO UNICO.
Delitos contra la vida, la integridad física y psicológica de los animales.
Artículo 339A. El que, sin perjuicio de las excepciones contempladas en la Ley, por cualquier medio o procedimiento maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física, incurrirá en pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses, e inhabilidad especial de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales vigentes.
Artículo 339B. Circunstancias de agravación punitiva. Las penas contempladas en el artículo anterior se aumentarán de la mitad a tres cuartas partes, si la conducta se cometiere:
a) Con sevicia;
b) Cuando una o varias de las conductas mencionadas se perpetren en vía o sitio público;
c) Valiéndose de inimputables o de menores de edad o en presencia de aquellos;
d) Cuando se cometan actos sexuales con los animales;
e) Cuando alguno de los delitos previstos en los artículos anteriores se cometiere por servidor público o quien ejerza funciones públicas.
Artículo 5°. Adiciónese el artículo 37 del Código de Procedimiento Penal con un numeral del siguiente tenor:
Artículo 37. De los Jueces Municipales. Los jueces penales municipales conocen:
(…)
7. De las conductas contra los animales.
Artículo 6°. Competencia y procedimiento. El artículo 46 de la Ley 84 de 1989 quedará así:
Artículo 46. Corresponde a los alcaldes, a los inspectores de policía que hagan sus veces, y en el Distrito Capital de Bogotá a los inspectores de policía, conocer de las contravenciones de que trata la presente Ley.
Para el cumplimiento de los fines del Estado y el objeto de la presente ley, las alcaldías e inspecciones contarán con la colaboración armónica de las siguientes entidades, quienes además pondrán a disposición los medios y/o recursos que sean necesarios en los términos previstos en la Constitución Política, la Ley 99 de 1993 y en la Ley 1333 del 2009: El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las Corporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible, las Unidades Ambientales de los grandes centros urbanos a los que se refiere el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, los establecimientos públicos que trata el artículo 13 de la Ley 768 de 2002 y la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales.
Parágrafo 1. Las normas del sistema nacional de protección ambiental, en especial el procedimiento sancionatorio de carácter ambiental establecido en la ley 1333 de 2009, se aplicará a la totalidad de la fauna del territorio nacional, incluyendo la doméstica y amansada.
Parágrafo 2. Los dineros recaudados por conceptos de multas se destinarán a las Juntas Defensoras de Animales de la respectiva entidad territorial donde se presentaron los hechos, entidad que los destinará de manera exclusiva a la formulación, divulgación, ejecución y seguimiento de políticas de protección a los animales, campañas de sensibilización y educación ciudadana en esta materia.
Parágrafo 3. Las sanciones establecidas en el presente artículo se impondrán sin perjuicio de las sanciones penales que ésta u otra Ley establezca. Las entidades referidas en este artículo determinarán si existe mérito suficiente para remitir copias al funcionario competente de la Fiscalía para que investigue las conductas punibles.
Artículo 7°. Adicionar a la Ley 84 de 1989 un nuevo artículo del siguiente tenor:
Artículo 46A. Aprehensión material preventiva. Cuando se tenga conocimiento o indicio de la realización de conductas que constituyan maltrato injustificado contra un animal, o que de manera injustificada vulneren su bienestar físico o psicológico, la Policía Nacional y las autoridades competentes podrán aprehender preventivamente en forma inmediata y sin que medie orden judicial o administrativa previa, a cualquier animal. Toda denuncia deberá ser atendida como máximo en las siguientes veinticuatro (24) horas.
Parágrafo 1. Cuando las conductas previstas en la presente ley, o en leyes concordantes, tengan lugar en domicilio privado, el juez respectivo deberá dictar orden de allanamiento y se procederá con la aprehensión del animal, el cual será puesto bajo custodia de la autoridad ambiental competente o de la entidad protectora de animales. En caso de urgencia el Juez deberá dictar la orden de allanamiento y aprehensión respectiva de forma inmediata. De ser requerido, podrá intervenir el cuerpo Oficial de Bomberos.
Parágrafo 2. Cuando se entregue en custodia el animal doméstico a las entidades de protección animal, el responsable, cuidador o tenedor estará en la obligación de garantizar los gastos de manutención y alimentación del animal. En caso de no cancelarse las expensas respectivas dentro de un plazo de quince (15) días calendario, la entidad de protección podrá disponer definitivamente para entregar en adopción el animal.
Artículo 8°. Vigencia y Derogatorias. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Presentado a consideración del Congreso de la República por el Representante,
JUAN CARLOS LOZADA VARGAS
REPRESENTANTE A LA CAMARA
sábado, 18 de abril de 2015
PROGRESOS
El día 24 de marzo del 2015, se comenzó el proyecto de la ley 087 que modifica el Código Penal y superó con unanimidad el debate en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes. Se considera que no es solo una iniciativa, podría ser la segunda de 18 presentadas hasta ahora en el congreso. Esto dice que muchas personas ahora se preocupan por los animales en Colombia y si eso no es progreso,nose que sea.
Esto se creo a los recientes casos de maltrato, más específicamente sobre el perro criollo Príncipe que fue asesinado a tiros por el piloto de rali ya que se sentía amenazado en una discusión con sus vecinos. El agresor fue acusado de daño en bien ajeno, el perro fue considerado como un objeto ya que era a la única manera que la justicia podía acusar al piloto por la muerte del animal, si este proyecto es avalado como ley, está misma situación podría causarle a los agresores multas de incluso 4 millones de pesos y hasta tres años en cárcel.
El impulsor de este proyecto es el representante Juan Carlos Losada proclamo esto como el primer triunfo de los animalistas en el Congreso. Aunque aún falta mucho para "triunfar" (un debate en plenaria de Cámara y dos en el Senado), el dice con mucha seguridad que antes del 2016 podría salvarse el trámite completo en el Congreso.
Losada asegura que tiene mucho apoyo político y que ha llegado un punto común con los congresistas la defensa animal. Aunque el texto del proyecto solo establece acciones de maltrato animal contra todas las especias vertebradas y no toca las polémicas de las corridas de toros, las peleas de gallos, las corralejas y el coleo. Es muy buen avance este proyecto.
CONSIDERACIONES
1. Conseguir que los animales como seres vives sintientes reciban especial protección contra el sufrimiento injustificado causado directa o indirectamente por los humanos.
2. Unificar y sancionar las conductas que hagan daño a los animales por medio de un procedimiento sancionatorio a nivel administrativo y judicial.
3. Sancionar con prisión de 12 a 36 meses o con multas de hasta 60 salarios mínimos mensuales vigentes a las personas que agredan a un animal y le causen la muerte o le generen lesiones que afecten su integridad física.
4. La Policía Nacional podrá retener preventiva e inmediatamente a cualquier animal que esté siendo víctima o se encuentre en peligro de manera injustificada.
5. Multas de 2 hasta 20 salarios mínimos a quienes abandonen a un animal.
jueves, 5 de marzo de 2015
La Realidad
En Cali registros del Centro de Zoonosis dicen que cerca de 671 perros han sido abandonados este año. El 50% de ellos han tenido que ser sacrificados. Aunque pido disculpas ya que este número es del 2008 pero igual dare la información de ese año. Hasta diciembre del 2007 se recogieron 2014 perros y en su mayor parte (90%) son del Distrito de Aguablanca. Vamos Cali y ayudemos año tras año a disminuir esa cifra sobre todo ustedes residentes de Aguablanca. Y un porcentaje de estos perros tienen enfermedades muy dificiles de curar y tumores venéreos que se pueden contagiar.
320 enfermedades zoonóticas se han hallado en Cali.
9 animales recogieron en 2007 en las comunas 17, 19 y 22. Fue el menor número de la ciudad.
160 perros recogieron en Yumbo.
PARA USTEDES COLOMBIANOS
Es hora de dejar de aparentar que no los vemos o hacer como si no existieran, estos animales deben ser tratados como seres vivos puede que no sea recoger todos los perros de las calles (los cuales son muchos) o simplemente decir "este espectáculo con animales esta mal" es hacer un cambio, aportar.
Todos digamos no al maltrato animal, NO , hagamos un cambio o aportemos algo, estos animales no tienen algo que nosotros si tenemos y es poder defenderse con palabras pero seguro ellos nos lo hacen saber. Salvemoslos porque si queremos realmente mejorar cada día este país debemos comenzar aportando y cambiar nuestra forma de pensar.
Si alguien esta de acuerdo con esto ayudenme a poco a poco disminuir el número de animales domésticos en las calles, dejar de hacer pruebas en animales y que los usen para por así decirlo el trabajo sucio.
martes, 3 de marzo de 2015
Problematica
Según el estudio Kellert-Felthous (1985), usado por el FBI en investigación de perfiles criminales, "Un niño que crece rodeado de agresión contra cualquier ser vivo tiene más probabilidad de violar, abusar o matar a humanos cuando sea adulto".
En pleno siglo XXI, en un mundo que pareciera ser desarrollado, los animales siguen siendo víctimas de los seres racionales que se resguardan en antiguas creencias, tradiciones, ciencia, lucro o negligencia para justificar los abusos que cometen contra ellos.
Se produce maltrato con la indiscriminada utilización de recursos naturales y la contaminación que causan el deterioro de los ecosistemas naturales, lo que lleva a que muchas especies silvestres sufran enfermedades y no sobrevivan por falta hábitat
En gran parte el maltrato animal es resultado del deterioro sicológico humano que descarga contra esos seres a los que llama "inferiores" los sentimientos reprimidos de sufrimientos y abandonos vividos en la infancia
El maltrato hacia los animales no sólo es físico, ya que está demostrado ampliamente que sienten y sufren trastornos sicológicos como cualquier ser humano.
Se maltrata físicamente a un animal cuando no se suplen sus necesidades básicas, cuando se les expone al abandono, se les exige esfuerzos, se les expone a condiciones extremas innecesarias como en el caso de la experimentación o su uso en la guerra, acciones que van en contra de la naturaleza del organismo.
El abandono y la represión de los comportamientos naturales e instintivos de un animal, también constituye un acto de crueldad. Adiestrarlo y enseñarle actos que vayan en contra de sus costumbres, anatomía y lógica
Maltrato no es sólo actuar en contra de ellos, también es hacer caso omiso de su sufrimiento, permitiendo acciones contra ellos o no prestando la asistencia en caso de encontrar un animal en mal estado.
Un poco de Colombia
¿Cuales son algunas de las fundaciones contra el maltrato animal en Colombia?
PAZANIMAL, fundación para la defensa de los animales en Cali.
http://www.pazanimal.org
AnimaNaturalis, adopción de perros y gatos en Colombia (callejeros)
http://www.animanaturalis.org/p/1497/adopcion_de_perros_y_gatos_en_colombia
ADA, Asociación Defensora de Animales y Del Ambiente
http://www.adacolombia.org
Fundación Amigos del Planeta, sociedad humanitaria
http://www.amigosdelplaneta.com/es/
Fundación Paraíso de la Mascota, Cali
http://www.paraisodelamascota.org
ASCFP, Animal Safe Colombia Fundación de Protección, municipio de Ginebra
http://www.fundacionanimalsafe.com
FUNDAGAN, Fundación Colombia Ganadera, Bogotá Colombia
http://www.fundagan.org.co/site/raiz/compartimosloquehacemos.html
Fundación SOS Animal y Ambiental, Ubicada en Bogotá
Las Alternativas
¿Cuales son las alternativas?
Además de acabar con esta crueldad, estas alternativas son mucho más rápidas, económicas y seguras. Muchas de las pruebas que se hacen en animales, hoy en día están siendo reemplazadas. Estás pruebas también predicen mejor la reacción de los humanos frente al producto.
Irritación en la piel: Para evaluar la irritación en la piel, pueden realizarse ensayos en Epidermis Humana Reconstituida , como el modelo de piel EPISKIN. Estas pruebas usan piel humana reconstituida que ha sido donada de cirugías cosméticas y han demostrado ser más efectivas.
Los modelos también existen y pueden ser utilizados para reemplazar las pruebas crueles en animales para la irritación ocular, los efectos de la sensibilización cutánea pueden precediese observando proteínas in-vitro, y la fototoxicidad también se puede evaluar con un test sobre células.
EXISTEN CASI 20.000 INGREDIENTES EN LA BASE DE DATOS
DE LA UNIÓN EUROPEA PARA LAS CUALES HAY DATOS DE SEGURIDAD DISPONIBLES.
Glosario:
- Cutánea: Cutáneo es un adjetivo que refiere a lo perteneciente o relativo al cutis. Este término (cutis), por su parte, refiere a la piel que cubre el cuerpo de una persona, especialmente aquella que se encuentra en el rostro.
- Fototoxicidad: Acción anormal de la luz sobre la piel, debida a la administración local o general de determinadas sustancias químicas.
El Problema
Más del 80% del mundo permite que los animales sean usados en pruebas de cosméticos crueles e innecesarias y estos cosméticos pueden comprarse en todo el mundo.
Los animales son por ejemplo: conejos, conejillos de indias, ratones y ratas) son inyectados, asfixiados con gas, sobre alimentados y asesinados para probar los cosméticos.
"ESTO ES INHUMANO"
Todos queremos que los cosméticos y artículos de tocador funcionen y que no nos hagan daño, por lo que los organismos reguladores de todo el mundo le exigen a las empresas que prueben que así sea. Los cosméticos se han venido probando en animales para demostrar que son efectivos y seguros.
¿Que pruebas hacen en los animales?
- Toxicidad de dosis repetidas: Esta prueba evalúa si al usar mucho la sustancia esta se torna venenosa. Los conejos o las ratas se someten a estás pruebas durante 28 o 90 días y luego son asesinados.
- Toxocidad reproductiva: Esta prueba evalúa si el uso de la sustancia crea efectos en la fertilidad, comportamiento sexual, el crecimiento y desarrollo de los jóvenes. Las ratas o conejas preñadas son alimentadas con el cosmético y luego asesinadas junto a sus bebes aún no nacidos.
- Toxicocinética: Esta prueba evalúa cómo se absorbe, se distribuye, se metaboliza y se excreta la sustancia por el cuerpo. Las ratas y los conejos tienen que consumir un ingrediente cosmético para luego ser asesinados par que los expertos puedan observar sus órganos y ver como se distribuyo el ingrediente.
- Sensibilización de la piel: Esta prueba evalúa si la sustancia puede inflamar la piel o provocar picazón por cada uso. El ingrediente cosmético se frota sobre la piel rasurada de los conejillos de indias y las orejas de los ratones para ver alguna reacción alérgica. Luego son asesinados.
- Cancerogenicidad: Un carcinógeno es una sustancia que provoca cáncer o aumenta la posibilidad de desarrollar cáncer. Las ratas son forzadas a comer un ingrediente cosmético por 2 años y ver si desarrollan cáncer, luego son asesinadas.
miércoles, 4 de febrero de 2015
Objetivo del blog
OBJETIVO DEL BLOG
El objetivo de este blog es mostrar a Colombia lo llena de fauna que está y lo que hace con esa riqueza. Es abrir los ojos para poder cambiar algunos hábitos que aunque no sepamos son realmente crueles con los animales y el tan solo "chite" es una forma de herir un animal, quiero que miren a su alrededor y me digan cuantas cosas creen que lastima a los animales, desde tu antibacterial hasta tus zapatos.
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